El Consejo Superior del Ministerio Público designó como procuradora
fiscal titular interina del Departamento Judicial de San Pedro de
Macorís a la magistrada Antonia Idalia Jiménez Estévez, en sustitución
del fiscal suspendido Pedro Núñez Jiménez.
La magistrada Jiménez Estévez, quien es miembro de la carrera del
Ministerio Público, al momento de su designación se desempeñaba como
procuradora fiscal en la jurisdicción de Santiago, con las funciones de
directora del Departamento de Captura de Prófugos, Rebeldes y
Condenados. Desde el año 2005 la magistrada Jiménez Estévez ha ejercido
diferentes funciones en el Ministerio Público, específicamente en el
Distrito Judicial de Santiago, donde se ha desempeñado como
fiscalizadora, fiscal supervisora del Departamento de Calificación y
Gestión de Procesos y directora técnica de la Procuraduría Fiscal.
Fiscales violaron las normas
Los fiscales suspendidos Pedro Núñez Jiménez y Margarita Hernández
Morales violaron dos instrucciones institucionales durante el proceso
penal seguido a Yasmil Oscar Fernández, quien mató a su expareja Anibel
González y luego se suicidó. Fernández mató de varios disparos a la
joven abogada luego de salir del cárcel, por haber intentado asesinarla,
tras un acuerdo parcial.
Ayer, la Procuraduría General de la República (PGR) dijo que los
fiscales suspendidos, quienes actuaron en el proceso penal contra
Fernández en San Pedro de Macorís, violaron dos instrucciones en el
abordaje correcto de esos casos, ya que explicó que los acuerdos plenos y
parciales en un proceso penal y específicamente en caso de violencia de
género agravada, están sujetos a ser comunicados previamente al
director nacional de persecución y autorizados por este funcionario de
la institución.
En un comunicado de prensa, informó que las malas actuaciones
consistieron en lo siguiente, primero, violaron los lineamientos puestos
en marcha por la institución para la investigación y persecución eficaz
de los casos relacionados a la violencia de género.
Segundo, también violaron lo establecido en el memorándum de fecha 28
de febrero del 2017 donde les instruye a los fiscales titulares que los
acuerdos, tanto plenos como parciales, previo a su ejecución, deben ser
notificados y autorizados por escrito por el director general de
Persecución del Ministerio Público.
La PGR dijo que cuando las autoridades superiores del Ministerio
Público tuvieron conocimiento del acuerdo, ya estaba homologado por un
juez y que de acuerdo a la norma procesal, la única vía que tenía el
órgano investigador actuante era solicitar la revocación del mismo por
ante el Juez de la Ejecución de la Pena, siempre que tuviera información
y evidencias de que el imputado estaba incumpliendo con lo acordado en
dicho acuerdo.....Fuente:elcaribe.com.do/Por:Rosmerys De Leon
jueves, 5 de septiembre de 2019
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