Málaga (España), EFE - La famosa
tonadillera española Isabel Pantoja fue condenada hoy a dos años de
prisión por blanqueo de capitales, al concluir el juicio que se le
seguía en un juzgado de Málaga.
En el mismo proceso, su expareja sentimental Julián Muñoz, que fue
alcalde de la turística localidad de Marbella, fue condenado a siete
años de prisión también por blanqueo de capitales continuado y cohecho
pasivo.
La exesposa de éste, Maite Zaldívar, fue condenada a tres años, tres meses y un día por blanqueo continuado de capitales.
Los tres fueron condenados, asimismo, a multas millonarias, la más
elevada a Julián Muñoz, de cerca de 4 millones de euros ($5.2 millones),
mientras que a Zaldívar se le impuso una multa de 2.4 millones de euros
($3.1 millones) y a Pantoja de 1.1 millones de euros ($1.4 millones).
Isabel Pantoja, de 56 años, es hija del cantaor Juan Pantoja "Chiquetete" y de la bailadora Ana Martín.
Se convirtió en una habitual de la prensa del corazón en España al
contraer matrimonio con el torero Francisco Rivera "Paquirri" en 1983,
que murió corneado por un toro un año después.
La cantante cosechó su primer éxito en 1982 con su disco "Amante,
amante", y en 1985, un año después de la muerte del torero, con el álbum
"Marinero de luces", con temas de José Luis Perales, que recibió cinco
discos de platino en España, dos en Argentina y uno de oro en Venezuela.
En total siete personas han sido condenadas en este juicio por el llamado "caso Malaya", que el pasado 29 de enero quedó visto para sentencia.
Pantoja fue detenida en mayo de 2007 en su vivienda de Marbella y, tras
abonar una fianza de 90,000 euros para eludir la prisión, la cantante
se enfrentaba a una petición fiscal de tres años y medio de prisión.
En su acusación, la Fiscalía mantenía que tanto Pantoja como Zaldívar "eran perfectamente conocedoras del origen ilícito de los fondos y bienes" que recibían de Julián Muñoz.
Durante el juicio, la cantante aseguró ante el tribunal, que su exnovio jamás le dio dinero y que era ella quien lo mantenía.
La legislación española prevé que si una persona carece de antecedentes
penales y es condenada a un máximo de dos años de cárcel, se puede
beneficiar de una suspensión de la condena y no ingresar en prisión.
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