Washington, (EFE).- La Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) advirtió hoy a la República
Dominicana de que la sentencia que dictó su Tribunal Constitucional (TC)
"no encuentra sustento alguno en el derecho internacional", por lo que
el país no puede negarse a acatar las sentencias de la CorteIDH.
La CIDH, organismo autónomo de la Organización de
Estados Americanos (OEA), condenó en un comunicado la resolución del
Tribunal Constitucional que el martes resolvió que la República
Dominicana no tiene que acatar las sentencias de la Corte Interamericana
de los Derechos Humanos (CorteIDH).
El Constitucional argumentó que, en 1999, el
entonces presidente del país caribeño, Leonel Fernández, no cumplió con
los requisitos de la Constitución del país en el acto que reconocía la
competencia de la CorteIDH, porque esa adhesión no fue aprobada por el
Congreso Nacional.
La decisión del TC dominicano sigue al rechazo por
parte del Gobierno y otras instancias nacionales de una reciente
sentencia de la CorteIDH, que condena al país por deportar a haitianos y
dominicanos de origen haitiano entre 1999 y 2000.
Frente al rechazo de la República Dominicana a
acatar el veredicto de la Corte, la CIDH advirtió de que la sentencia
del Constitucional "no encuentra sustento alguno en el derecho
internacional, por lo cual no puede tener efectos".
La Comisión argumenta que, durante los 15 años en
los que la República Dominicana aceptó las competencias de la CorteIDH,
el país puso en práctica las medidas provisionales y casos contenciosos
que dictaba la corte por violaciones a la Convención Americana.
La CIDH cuestionó algunos de los argumentos
esgrimidos por el Constitucional, como su evocación del artículo 46 de
la Convención de Viena sobre los vicios al consentimiento, por
considerarlo "incompatible" con los principios de buena fe y de
"estoppel" que deben de presidir todos los tratados internacionales.
"En virtud del principio del 'estoppel', un Estado
que ha adoptado una determinada posición, la cual produce efectos
jurídicos, no puede luego asumir otra conducta que sea contradictoria
con la primera y que cambie el estado de cosas con base en el cual se
guió la otra parte", indicó la Comisión.
Para la CIDH, tampoco existe base en el derecho
internacional para entender que la sentencia del Constitucional puede
tener efectos en el futuro, porque la Convención Americana no establece
la posibilidad de que un Estado que continúa siendo parte de ese tratado
se desvincule de la competencia de la Corte Interamericana.
La Convención Americana, o Pacto de San José, es
la base del mandato de la CorteIDH, por lo que para dejar de obedecer
las órdenes de ese tribunal es necesario denunciar ese tratado.
En este sentido, la CIDH defiende que es a la
Corte, y no a los Estados, a la que le corresponde pronunciarse sobre el
alcance de su propia competencia.
De hecho, incide en que limitar el alcance de la
competencia de la Corte "sería contrario al objeto y fin de la
protección internacional de los derechos humanos".
Asimismo, la Comisión expresó su "profunda
preocupación" por el rechazo que el Gobierno dominicano expresó contra
la sentencia de la Corte sobre la deportación de haitianos.
A su juicio, ese rechazo "contradice" el
compromiso que el Estado señala tener con el Sistema Interamericano y
con todos los actores de la comunidad internacional.
En este sentido, acusó al país caribeño de
"desconocer sus obligaciones voluntariamente contraídas en materia de
derechos humanos ante las personas sujetas a su jurisdicción y ante
todos los actores de la comunidad internacional".
La semana pasada, durante su 153 periodo de
sesiones, la CIDH exigió a la República Dominicana que acate y convierta
en un "elemento clave" de su legislación la sentencia de la CorteIDH.
El Gobierno dominicano alegó el sábado pasado que le resulta "inaceptable" e "imposible" acatar la exigencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario