jueves, 1 de julio de 2010

Instruyen a policías de Arizona sobre aplicación de ley antiinmigrante SB1070 .


Tucson (EE.UU.), (EFE).- La falta de una licencia de conducir válida emitida por un estado que verifica el estatus migratorio será una de las principales causas por las que un policía del estado de Arizona podrá cuestionar la situación legal de una persona bajo la ley SB1070.

La oficina del Peace Officer Standards and Training Board de Arizona publicó hoy un vídeo que será utilizado en el entrenamiento de los departamentos de policía locales para evitar prácticas de perfil racial en el momento de aplicar las nuevas regulaciones, que entrarán en vigor el próximo 29 de julio.

En el vídeo, de aproximadamente una hora de duración, se especifica claramente que la "raza" y el "grupo étnico" de una persona no podrán ser utilizados como base para determinar que existe la sospecha de que una persona se encuentra de manera ilegal en el país.

Se especifica que el estatus migratorio de una persona será cuestionado solamente después de haber sido detenido de forma legal por cometer una infracción de tránsito o un delito.

Algunas de las causas que harán sospechar a un policía de que una persona es indocumentada serán si no porta una licencia de conducir o una identificación emitida en Arizona u otro estado que verifica el estatus migratorio de los solicitantes.

Se especifica que los estados de Illinois, Nuevo México, Utah y Washington actualmente no verifican el estatus migratorio de una persona cuando solicita una licencia de conducir.

Otros factores que harán sospechar a un agente de policía es si la persona porta una identificación de otro país, el registro de su automóvil es extranjero, se encuentra en compañía de otros indocumentados o está en lugares o rutas usadas habitualmente para el tráfico humano.

Otros documentos que serán aceptados para comprobar la ciudadanía y residencia legal de una persona son el pasaporte, identificaciones militares o de empleo del Gobierno federal y estatal, el acta de nacimiento y tarjetas de identidad emitidas por las tribus o las autoridades de inmigración.

No serán aceptadas identificaciones estudiantiles, tarjetas de negocios, tarjetas de bibliotecas y certificados de matrimonio.

A los policías se les entregarán copias a color de estos documentos para que los puedan cotejar.

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